El Real Decreto-Ley sobre acceso a la vivienda, no ha contado finalmente con el respaldo de la Cámara por lo que el texto legislativo aprobado por el Gobierno, y en vigor desde el día siguiente de su publicación en el BOE (19 de diciembre), queda derogado.

La citada norma, el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, que contemplaba una serie de medidas encaminadas a facilitar el acceso a la vivienda publicada en el BOE nº 304 de 18 de diciembre de 2018 y después de su votación por el Pleno ha sido derogado, al recibir 103 votos a favor, 243 en contra y una abstención.

Esta derogación afecta a los contratos que se firmen a partir de ayer 23 de enero. Los que habían firmado el contrato desde el 18 de diciembre de 2018  hasta el 22 de enero, se regirán por el texto de dicha reforma.

Por tanto:

  1. Los contratos volverán a tener una duración mínima de tres años. 
  2. El arrendador puede exigir más garantías.
  3. Aunque no se especifique en el contrato, se podrán actualizar las rentas con el IPC.
  4. El trámite de las ejecuciones hipotecarias volverá a la situación anterior

Un embrollo POLITICO que afecta a miles de personas.

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