¿Es mejor documentarlo? ¿Pueden ser considerados donaciones por Hacienda?

Muchas veces, un padre decide prestar dinero a uno de sus hijos, y no firman ningún contrato. Esto puede suponer problemas familiares por desigualdades entre los hijos, problemas hereditarios y, cómo no, problemas con Hacienda que puede entender que el préstamo es una donación encubierta.

Formalizar un préstamo entre particulares, es una forma sencilla de dejarle dinero a alguien sin asumir ningún tipo de riesgo fiscal. Además, documentar la deuda no solo evitará problemas con la temida Hacienda, sino que servirá para reclamarla en un futuro si hubiese un impago o un conflicto con el prestatario o para traspasársela a un heredero en el caso de que el padre o el hijo-prestatario, muriesen.

¿Como hacerlo?:

  1. Firmar un documento privado de préstamo.
  2. No es necesario hacerlo ante Notario, y podemos ahorrarnos ese gasto. En el contrato es imprescindible consignar: (a) los datos personales del prestamista y del prestatario, (b) el importe adeudado, (c) el plazo de devolución, (d) la gratuidad o el tipo de interés del préstamo, (e) la fecha y el lugar de celebración del contrato y (f) la firma de las partes.
  3. No hay problema en que el préstamo sea gratuito y no devengue intereses, pero esto hay que dejarlo claro en el contrato para que Hacienda no suponga que es una donación.
  4. El préstamo hay que devolverlo, por lo que hay que establecer un plazo, que puede ser largo, pero evidentemente no debería superar la esperanza de vida de quienes lo firman, para no levantar sospechas a Hacienda. Es conveniente acordar la periodicidad de las cuotas de devolución, el importe de cada cuota, y el medio de pago.
  5. Se puede incluir la posibilidad de una prorroga en caso de que, a su vencimiento, la deuda no hay sido pagada totalmente.
  6. Pásalo por Hacienda, dentro del mes siguiente a la firma. Los préstamos privados entre particulares están sujetos al impuesto de IPT, pero exentos de tributación. En definitiva, hay que rellenar el modelo 600, presentar el documento de préstamo y liquidar el impuesto en la Oficina de Hacienda. Lo bueno es que no se tiene que pagar ninguna cuota o cantidad, al estar exento.

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