En los tiempos que corren, está perfectamente asimilado que las cláusulas suelo incluidas por los bancos en los préstamos hipotecarios con particulares solicitados para financiar la compra de su vivienda habitual, son nulas de pleno derecho, y los Juzgados están decretando la devolución de las cantidades indebidamente pagadas por tal concepto, en la consideración de que se había producido un abuso por parte del banco para con “el consumidor”, en aplicación de la propia normativa de defensa de consumidores y usuarios.

Ahora bien, ¿qué ocurre con aquellas personas físicas, profesionales autónomos, que tienen en sus préstamos hipotecarios para financiar su negocio, la famosa clausula suelo?.

Pues bien, aunque efectivamente a estas personas no se las pueda considerar como consumidores, y por ende, no se puede aplicar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, lo cierto es que en la imposición de estas cláusulas suelo por los bancos, puede existir una infracción de las reglas fijadas por la Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación, siendo además de tener en cuenta que la mayoría de esos empresarios, son profesionales en sí mismos, sin una estructura empresarial que les respalde con un Departamento Financiero, Contable, etc…, y por lo tanto, muchas veces, desconocedores de la jerga financiera de los bancos, que aprovechan para al igual que con los consumidores, saltarse a la torera las más esenciales reglas de transparencia que se deben apreciar en todo caso por los bancos, sea con consumidores, o sea con profesionales.

Por ello, nos empezamos a encontrar poco a poco, con resoluciones de los Juzgados, que están estimando demandas promovidas para la declaración de nulidad de cláusulas suelo por profesionales autónomos, a los que también se les ha impuesto este tipo de cláusulas, por no superar el más mínimo control de transparencia.

Así, siendo cierto que todavía la expectativa de éxito de estas reclamaciones de profesionales, no es comparable con la que  que existe para las reclamaciones de consumidores, pero son varias ya las sentencias que condenan al banco a devolver cantidades cobradas indebidamente por la aplicación de cláusula suelo, impuesta a los profesionales.

Fdo. Iván Rodríguez Pérez

ivan@lexlanabogados.com

 

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