Si su vecino no cumple con el pago de las cuotas ordinarias o las derramas extraordinarias, transcurrido un mes sin pagar, se puede reclamar.
En un primer momento, es necesario enviar un aviso extrajudicial de requerimiento de pago y notificación de deuda mediante un medio que deje constancia de su recepción, como puede ser una carta certificada con acuse de recibo o un burofax.
Si el vecino moroso sigue sin pagar, la Junta de Propietarios debe acordar por mayoría simple, y que ese acuerdo conste en acta firmada por los asistentes, el liquidar la deuda y autorizar al Presidente a que presente ante los Juzgados un proceso monitorio rápido para reclamar la deuda. Este acuerdo se tendrá que comunicar a todos los vecinos.
Ese proceso monitorio es un procedimiento judicial especial y económico, con el objetivo de que el vecino moroso consigne lo debido ante el Juzgado o se obtenga una resolución judicial susceptible de ser ejecutada a través de la práctica de los correspondientes embargos.